Alguien firmó, no cumplió, y usted tiene cómo cobrarlo.
Un pagaré sin pagar, un arrendatario que no se va, un lote que ocupa hace años sin escritura. El derecho civil tiene herramientas concretas para cada uno, pero casi todas dependen de actuar antes de que el tiempo juegue en contra.
Procesos ejecutivos
Cuando existe un documento que presta mérito ejecutivo, se puede embargar directamente sin discutir primero si la deuda existe. Es la vía más rápida para cobrar.
Plazo: se define según su caso en la primera conversación.
Restitución de inmueble arrendado
Recuperar su inmueble cuando el arrendatario dejó de pagar o venció el contrato y no entrega.
Plazo: se define según su caso en la primera conversación.
Pertenencia
Convertir en propiedad legal la posesión que ha ejercido durante años sobre un bien. El paso de poseedor a propietario requiere proceso judicial.
Plazo: se define según su caso en la primera conversación.
Responsabilidad civil
Reclamar la indemnización de quien le causó un daño: un accidente de tránsito, una obra mal hecha, un perjuicio patrimonial.
Plazo: se define según su caso en la primera conversación.
Contratos
Redacción y revisión antes de firmar, que siempre cuesta menos que el pleito después. También reclamación cuando la otra parte incumplió.
Plazo: se define según su caso en la primera conversación.
Cobro de letras, pagarés y facturas
Cobro prejurídico y ejecutivo de títulos valores. Estos documentos tienen fecha de vencimiento para cobrarse judicialmente.
⏱ 3 años desde el vencimiento para la acción cambiaria directa. Plazo a verificar por Oriana antes de publicar.
